dilluns, 26 d’abril del 2010

Nueva Normativa Protección contra radiaciones ópticas



En el ámbito de la protección de los trabajadores/as contra los riesgos derivados de la exposición a radiaciones ópticas artificiales fue adoptada la  Directiva 2006/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006. 
Mediante real decreto 486/2010, de 23 de abril se procede a la transposición al Derecho español del contenido de esta directiva.
Los daños derivados de la exposición a radiaciones ópticas incoherentes (no láser) se conocen desde hace mucho tiempo, en especial en los puestos de trabajo con riesgos bien definidos tales como la soldadura por arco, los hornos de fundición o la radiación solar intensa. Ante la ausencia de criterios de valoración para la radiación óptica, los riesgos para dichos puestos se controlaban, de forma general, mediante medidas de protección personal.
Los emplesarios deberán proteger a sus trabajadores contra toda exposición a formas artificiales de radiación óptica, aunque no tendrán que preocuparse por protegerles de la exposición a la luz solar natural.
La ley fija ciertos criterios mínimos sobre prevención y diagnóstico precoz de daños a largo plazo para la vista y la piel causados por ciertas formas de radiación óptica, como la radiación ultravioleta, la visible y la proveniente de lámparas láser e infrarrojas. Establece, también, los límites de exposición e incluye pautas respecto a los derechos de los empleados a recibir información, formación, consultas y chequeos médicos, además de obligar a que los empresarios realicen una evaluación de riesgos.
Los empresarios deberán por tanto adaptar los métodos de trabajo para reducir riesgos de radiación óptica: tendrán por ejemplo que limitar la duración y niveles de exposición, observar el diseño de los lugares de trabajo y proporcionar los equipos de protección adecuados. La Eurocámara también logró un acuerdo con la Comisión Europea para presentar una guía práctica para el empresario respecto a los aspectos técnicos de la nueva legislación, que pueda ser utilizada también por las pequeñas empresas.
La normativa no incluye la radiación iónica ( como los rayos X ) y los rayos gamma o los campos electromagnéticos ( como la que emiten los hornos microondas y las frecuencias de radio ). Esta nueva ley sobre radiación óptica es la última de una serie de cuatro, diseñadas para proteger a los trabajadores de los peligros causados por “agentes físicos”. Anteriores legislaciones han cubierto otros aspectos como las vibraciones, los ruidos y los campos electromagnéticos.



Enlace a: Radiaciones ópticas: metodología de evaluación de la exposición laboral

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