dimecres, 27 d’octubre del 2010

Se reconoce el derecho de los trabajadores a no recuperar el tiempo invertido negociando el convenio colectivo

Esta es una sentencia en la que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de los trabajadores a participar en la negociación de un convenio colectivo sin necesidad de recuperar el tiempo invertido en esta materia ni tampoco que esa dedicación les sea descontada de su sueldo aún sin tener crédito de horas sindicales.

La sentencia, que es firme y ha sentado jurisprudencia en el sindicalismo gallego, reconoce ese derecho a dos trabajadoras de Zara a las que la empresa no se lo reconocía. Además, el grupo Inditex tendrá que pagar una indemnización por daños y perjuicios.

Los hechos se denunciaron ante el Juzgado de lo Social de Ourense por vulneración del artículo 9.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que recoge el "derecho a participar con crédito horario para hacer una labor negociadora". Ése juzgado dictó sentencia favorable a la empresa i se presento recurso ante el TSXG, que, finalmente ha dado la razón a las trabajadoras, con sentencia firme e inapelable.
Lo importante es que esta sentencia crea "jurisprudencia" y se "puede aplicar no sólo en el caso de este convenio sino para cualquier organización sindical y para todos los convenios colectivos.

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